La Junta Central Electoral aclaró que la ciudadana argentina Ana María Ontiveros no figura como fallecida en los registros de nuestra institución y por lo tanto, no se ha emitido una acta de defunción.
La Cédula de Identidad de la señora Ontiveros, figura como “Inhabilitada por Antigüedad”, debido a que tiene fecha de expiración del 10 de septiembre de 2019 y, a la fecha, no ha sido renovada.
Señaló que la vigencia de la Cédula de Identidad de los extranjeros está condicionada a la vigencia de la residencia legal del mismo, en atención a lo previsto en el artículo 73 de la Ley 20-2023, que señala: «Cédula de identidad para extranjeros residentes legales. Aquellos extranjeros residentes legales que al momento de la entrada en vigencia de esta ley porten cédula de identidad de extranjeros, deberán renovar la vigencia de la misma, en las condiciones que disponga la Junta Central Electoral».
Además, precisó que mediante sentencia TC/0280/19 el Tribunal Constitucional estableció que la vigencia de la cédula de identidad de los extranjeros está condicionada a la vigencia de la residencia legal de los mismos. De ahí que, si el extranjero deja vencer su residencia legal, la cédula de identidad también se vence.
«En cuanto la señora Ontiveros regularice su estatus migratorio, renovando su permiso de residencia legal en el país, nuestra institución pone a disposición la unidad de cedulación móvil especial con que cuenta para asistir a las personas en edad avanzada o con condiciones especiales, que les impidan trasladarse de manera presencial a nuestras oficinas«, dijo la JCE.
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