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Batalla Electoral 2024

La ley electoral

Por más que sea evidente, aplastante y concluyente el resultado de las urnas, el no aceptar la derrota y alegar fraude forma parte del ADN de nuestros políticos.

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Después haber estado reposando por largo tiempo en las cámaras legislativas, el Senado aprobó de urgencia el proyecto de ley electoral que ahora tendrá que ser ratificado por la Cámara de Diputados, donde seguramente pasará sin mayores inconveniencias.   Entre algunos puntos cuestionados por la oposición, específicamente por el senador José Ignacio Paliza, presidente del PRM, figura el llamado voto de arrastre.  Sus objeciones quedarán simplemente como constancia registrada en acta.

El voto de arrastre es un tema de larga y enconada controversia.   La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) ha emitido opinión en este sentido, advirtiendo que el mismo impedirá aquilatar por separado el nivel de aceptación de cada aspirante a diputado y senador por parte del electorado.  Se considera, además, que el mismo pudiera convertirse en garantía de permanencia en sus cargos de la mayoría de los actuales legisladores.

Por su parte, el ojo crítico de Participación Ciudadana cuestiona el monto de inversión establecido para los aspirantes a cargos electivos, advirtiendo que de ese modo se otorga ventaja a los que dispongan de mayor fortuna.

Ciertamente si sumamos lo que pudiera gastar cada pre-candidato y candidato de acuerdo a los montos establecidos en el proyecto de ley, a lo que reciben los partidos políticos del presupuesto nacional para sus actividades proselitistas mas el montaje de las dos elecciones, que pudieran ser tres, si en las presidenciales ninguno de los aspirantes logra irse en primera vuelta, la cantidad resultante sería astronómica.  Sin dudas tenemos uno de los sistemas políticos más costosos en términos absolutos y porcentuales de toda la región.

Como podía darse  por hecho y ocurrió  el proyecto pasó a ser ley sin mayores trabas y sin modificaciones sustanciales,  vale señalar algunas de sus disposiciones de mayor significación para ilustración ciudadana.

Para ser miembro de la Junta Central Electoral se elimina el requisito de ser abogado, salvo para el presidente y su suplente,  la edad de los miembros del organismo se reduce de 35 a 30 años, y para ser miembro titular o suplente de las juntas es preciso contar con el titulo de bachiller.   Entre sus atribuciones, la Junta regulará el trabajo de las firmas encuestadoras para lo cual deberá establecer las normas y requisitos.

El voto preferencial regirá para los regidores y vocales en el nivel municipal, en tanto se establece la separación de las votaciones en los distritos municipales y los municipios.  En cambio, el voto de arrastre se mantendrá en el nivel congresual para senadores y diputados como señalamos anteriormente.

El horario de votación dará inicio a las siete de la mañana y se extenderá hasta las cinco de la tarde.  La prohibición de expendio bebidas alcohólicas será absoluta hasta 12 horas después de concluidas las votaciones lo que sin dudas hará que muchos bebedores estén muy atentos a la marcha del reloj.  Habrá un plazo de 60 días para la publicidad en los colegios electorales, o sea, el doble de lo que es ahora.  Nadie podrá llevar mas de dos discapacitados a votar al mismo colegio electoral.

Un punto importante es que los partidos políticos tendrán que enviar a la JCE el reporte de su plan de gastos para la campaña.  Lógicamente será necesario establecer estrictos mecanismos de control para velar por su cumplimiento, dado que la experiencia demuestra que no son muy proclives a rendir cuenta de la forma en que emplean los recursos que reciben del presupuesto, menos aún los que les llegan por vía privada.

La ley, como todo lo que se hace a la carrera y más en un tema tan complejo presenta numerosos baches y distorsiones, bajo el tan abusado predicado de que “la carga se apareja en el camino”.  Entre los más llamativos figura el traspiés que le pusieron a la cuota femenina que posibilitará “cumplirla” violando sus objetivos de que la mujer pueda acceder al menos en igualdad de condiciones a las curules legislativas y los concejos municipales.

Por otra parte, sin pecar de pesimistas, pese a estas disposiciones  a la disposición que crea un fiscal especial para los delitos electorales y las sanciones de aplicación, y a pesar del reiterado compromiso de la Junta y sus dedicados esfuerzos para  organizar y dirigir unos comicios absolutamente transparentes avalados por probada seriedad, capacidad y honradez  de los magistrados que la integran, hay realidades de las que contamos con sobradas experiencias que no podemos ignorar.

Por citar una, la compra del voto, visible pero difícil de controlar, por mas que se compute como delito en la precipitada legislación aprobada a paso de carga.  La otra, que forma parte de nuestra cultura, el sempiterno pataleo de los que pierden.  Por más que sea evidente, aplastante y concluyente el resultado de las urnas, el no aceptar la derrota y alegar fraude forma parte del ADN de nuestros políticos.

Ojalá esta vez no sea así.

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