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Ocho años de prisión para hombre acusado por tráfico de drogas en Monte Plata

Justicia

Edward Severino de Paula (Piku), quien el pasado año fue arrestado con más de 400 gramos de cocaína y marihuana, fue condenado por el Tribunal Colegiado de este distrito judicial que acogió la acusación de traficante de sustancias controladas presentada por el Ministerio Público.

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MONTE PLATA.- Una sentencia condenatoria de ocho años de prisión fue dictada por un tribunal de Monte Plata en contra de un hombre al que el Ministerio Público acusó de dedicarse al tráfico de drogas en el municipio Yamasá, de la provincia Monte Plata.

Edward Severino de Paula (Piku), quien el pasado año fue arrestado con más de 400 gramos de cocaína y marihuana, fue condenado por el Tribunal Colegiado de este distrito judicial que acogió la acusación de traficante de sustancias controladas presentada por el Ministerio Público.

El tribunal además ordenó la incineración de 236.57 gramos de cocaína clorhidratada y 202.13 gramos de marihuana, así como la destrucción de un radio de comunicación y una balanza Tanita color negro que les fueron ocupados al procesado al momento en que fue arrestado.

El Ministerio Público demostró en el proceso que Severino de Paula fue arrestado en flagrante delito el 17 de junio de 2021, a las 6:43 de la tarde, y que las drogas les fueron ocupadas en una cartera pequeña que llevaba en su hombro izquierdo. Así también, que al momento de ser apresado le fueron ocupados los referidos artículos que utilizaba para la realización de esa actividad ilegal.

El fiscal de Monte Plata, José del Carmen García Hernández, presentó la acusación en representación del Ministerio Público, la cual fue acogida por los jueces Hilda Nieves Sánchez Luna (presidenta del tribunal), Johanna Giselle Reyes Moquete (miembro) y Carmen Daniela Araujo Rivas (suplente), quienes dictaron la sentencia condenatoria y ordenaron su cumplimiento en la Penitenciaría Nacional de La Victoria, en Santo Domingo Norte.

El tribunal declaró a Severino de Paula culpable de violar los artículos 5, literal A; 6, literal A; 28 y 75, párrafo II, de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, que sancionan el tráfico de drogas en la República Dominicana.

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