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Policía prohíbe “terminantemente” a sus agentes realizar labores de seguridad a particulares

Además, indica que la presente disposición exceptúa aquellos miembros que laboran impartiendo docencia, lo cual está contemplado en el numeral 20 del artículo 153 numeral 21 de nuestra Ley Orgánica. No. 590-16.

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SANTO DOMINGO.- La Policía Nacional prohibió a sus agentes dedicarse a realizar labores de seguridad a particulares.

Así lo indica un memorándum con fecha del día cinco de noviembre, firmado por el director de la uniformada, mayor general, Eduardo Alberto Then.

“Cortésmente por medio del presente memorándum, se les instruye arengar a todo el personal bajo sus respectivos mandos, en el sentido de que en cumplimiento del artículo 153 numeral 21 de nuestra Ley Orgánica. No. 590-16. Queda terminantemente prohibido dedicarse a realizar labores de seguridad a particulares”, indica el documento.

Asimismo, señala que sin importar el lugar o establecimiento comercial, por lo que se les requiere hacer de conocimiento que quien esté incurriendo en esta práctica desista de inmediato, “ya que nuestros organismos de control intensificarán sus acciones al respecto, lo cual de ser comprobado serán adoptadas sanciones de acuerdo a nuestra ley y reglamentos vigentes”.

Además, indica que la presente disposición exceptúa aquellos miembros que laboran impartiendo docencia, lo cual está contemplado en el numeral 20 del citado artículo.

 

 

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