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Prisión preventiva para hombre acusado de asesinar esposa y simular sobredosis para encubrir crimen

El Ministerio Público acusa al imputado de asesinato y de cometer actos de tortura y barbarie, violencia de género agravada y posesión de municiones para armas de fuego

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SANTIAGO.- La Fiscalía de esta demarcación logró que un juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente impusiera la prisión preventiva por un año contra un hombre al que le imputa el asesinato a golpes de su pareja a la que luego inyectó con cocaína, para simular una sobredosis autoinducida y encubrir el crimen.

 

El juez Cirilo Salomón Sánchez  impuso la prisión preventiva por 12 meses contra Simón Bolívar de los Santos Abreu Núñez, como lo solicitó el órgano acusador y quien deberá cumplir la prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres en Santiago.

 

El Ministerio Público acusa al imputado de asesinato y de cometer actos de tortura y barbarie, violencia de género agravada y posesión de municiones para armas de fuego, en perjuicio de su pareja Themis Carolina Cruz Hernández, a quien le cegó la vida en su residencia del sector Hoya del Caimito, de Santiago.

 

El Ministerio Público presentó ante el tribunal los elementos que relacionan al imputado con los hechos, entre ellos, evidencias materiales, testimoniales, documentales y la autopsia médico legal practicada al cuerpo de la víctima por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), en la que revela que la causa de la muerte fue «trauma cerrado de abdomen, una muerte con etiología médico legal homicida, cuyo mecanismo de muerte fue choque hipovolémico».

 

Cruz Hernández murió la madrugada del 9 de enero de este año en un centro de salud privado a donde el día anterior fue ingresada con muerte cerebral.

 

El cuerpo de la víctima, revelaron los especialistas que la atendieron, tenía una alta cantidad de cocaína.

 

El Ministerio Público le indilga al sospechoso los tipos penales descritos en los artículos 295 y 303, 304, 309-1, 309-2 y 309-3 del Código Penal Dominicano y Ley 631- 16, artículo 66, que tipifican el homicidio, actos de tortura y barbarie, violencia de género agravada y posesión ilegal de municiones de armas de fuego.

 

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