El Ministerio Público solicitó prisión preventiva, como medida de coerción, contra Andrés de Jesús Espinal Pérez (Mazazo) y Joan Adón.
Santo Domingo.– El Ministerio Público solicitó prisión preventiva, como medida de coerción, contra Andrés de Jesús Espinal Pérez (Mazazo) y Joan Adón, imputados de cometer múltiples delitos entre 2024 y 2025.
De acuerdo con la solicitud presentada por el fiscal José Ramón Martínez Cordero, adscrito al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidio) del Distrito Nacional, uno de los hechos ocurrió el 14 de julio de 2025, alrededor de las 7:15 de la noche.
El documento establece que los imputados Andrés de Jesús Espinal Pérez y Joan Adón interceptaron a la víctima Yeral Augusto Féliz en la cañada de Bonavide, entre los sectores Guachupita y 27 de Febrero. Ambos, portando armas de fuego, le realizaron múltiples disparos que le ocasionaron la muerte.
El informe médico legal determinó que la víctima falleció a causa de herida por proyectil de arma de fuego en tórax anterior, con choque hemorrágico interno y laceración de pulmones.
El Ministerio Público también le imputa a Andrés de Jesús Espinal Pérez participar en otro hecho de sangre ocurrido el 8 de septiembre de 2024, a las 11:50 de la noche, en la calle San Martín de Porres, sector Guachupita, del Distrito Nacional.
En esa ocasión, el procesado se asoció con otra persona aún no identificada y realizó múltiples disparos en el lugar, alcanzando a un adolescente de 17 años de edad, quien recibió una herida de arma de fuego con entrada y salida en el hombro izquierdo, lesión que fue certificada por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) como curable en un período de 22 a 30 días.
La investigación de este hecho fue dirigida por la procuradora fiscal Vidalys Mora, del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidio) del Distrito Nacional.
Asimismo, en fecha 28 de septiembre de 2025, durante la ejecución de la Orden de Arresto No. 2024-AJ0018110, el imputado Andrés de Jesús Espinal Pérez entregó a las autoridades un arma de fuego tipo pistola, marca HI-Point, calibre 9mm, con cargador y diez cápsulas, sin documentos que avalaran su porte legal.
El Ministerio Público calificó estos hechos como violación a los artículos 265, 266, 295 y 304-II del Código Penal Dominicano, relativos a la asociación de malhechores y homicidio, así como a los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
En lo relativo al hecho de 2024, se calificó como violación a los artículos 2, 295, 304-II y 309 del Código Penal Dominicano, que sancionan la tentativa de homicidio y las lesiones, además de los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, relativos al porte ilegal de armas de fuego.