Los integrantes de la red pasaban esas cédulas con sus respectivos códigos y la institución les depositaba los montos reportados a los dueños de los colmados.
Los integrantes de la red pasaban esas cédulas con sus respectivos códigos y la institución les depositaba los montos reportados a los dueños de los colmados.
La jueza Viamerca Ruiz Sepúlveda impuso la medida de coerción a los cabecillas del grupo Daniel Villegas Aquino (Pocholo) y Cristopher Piña Javier, así como a Ambriori Encarnación Ubrí y Rigoberto Solís, quienes son imputados de asociarse para sustraer millones de pesos al programa asistencial.
Villegas Aquino deberá cumplir la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Elías Piña, mientras que Piña Javier, Encarnación Ubrí y Solís, en la cárcel pública del municipio San Juan de la Maguana.
La Fiscalía de esta demarcación, en coordinación con autoridades policiales, desmanteló la red en diciembre pasado en el transcurso de varios allanamientos en el municipio San Juan de la Maguana y en la sección El Batey.
Villegas Aquino y su cuñado Piña Javier, según ha establecido la investigación, se confabulaban con dueños de colmados para el cobro del subsidio que el Estado entrega a familias de escasos recursos.
En el Colmado Solís, ubicado en El Batey y propiedad de Rigoberto Solís, ocuparon un verifone, voucher de pago, volantes de depósito y retiro y varias tarjetas de los programas sociales, a pesar de que su verifone ya había sido bloqueado debido a irregularidades anteriormente cometidas.
La Fiscalía de San Juan indicó que, en las casas de los principales cabecillas de la red, se ocuparon nueve teléfonos, laptops, yipetas, casi un millón de pesos en efectivo, documentos de propiedad y de alquileres de locales, además de memorias USB que dan constancia de la data que usan para la estafa.
La investigación determinó que Villegas Aquino poseía una base datos con las cédulas y códigos de los beneficiarios de la Administradora de Subsidios Sociales (Adess), con cuyos registros obtenía los verifones para los colmados, a cuyos propietarios les pagaba el 50% del dinero estafado.
Los integrantes de la red pasaban esas cédulas con sus respectivos códigos y la institución les depositaba los montos reportados a los dueños de los colmados.
El caso ha recibido la calificación jurídica provisional de violación a los artículos 265, 266 y 405 del Código Penal; 15 de la Ley 53-07 y 3 y siguientes de la Ley 155-17, sobre asociación ilícita para cometer estafa agravada en perjuicio del Estado, Estafa Electrónica y Lavado de Activos.