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Auditoría revela irregularidades en Contrataciones Públicas durante períodos contables 2017-2020

Entre los hallazgos detectados están que, la entidad carece de estados financieros correspondientes a los períodos contables 2017-2020, que revelen la situación patrimonial y resultado económico de la gestión. Sólo se elaboraron como mínimo los estados de ejecuciones presupuestarias.

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SANTO DOMINGO.- La auditoría a las informaciones financieras incluidas en los estados de ejecución presupuestaria de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), se realizó por el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2020.

La auditoría tuvo el objetivo de examinar, utilizando las guías especializadas elaboradas por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, las transacciones, registros, documentos, informes y estados de ejecución presupuestaria, con el propósito de verificar el cumplimiento de la DGCP con las disposiciones legales vigentes aplicables, incluyendo las normativas contables, presupuestarias y de control interno.

Entre los hallazgos detectados están que, la entidad carece de estados financieros correspondientes a los períodos contables 2017-2020, que revelen la situación patrimonial y resultado económico de la gestión. Sólo se elaboraron como mínimo los estados de ejecuciones presupuestarias.


Además, se detectó impuesto no retenido con valores dejados de incluir por dicho concepto que ascienden a la suma de RD$2,116,687. Impuesto retenido de manera incorrecta que ascienden a la suma de RD$12,707,079 y RD$3,210,877 respectivamente.

También retención de Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS) realizada de manera incorrecta por un monto de RD$117,902. ITBIS dejado de retener por la suma de RD$205,539, asignación de combustible por RD$1,117,000 pagada por encima del monto establecido por la entidad, activos fijos no registrados en el sistema de la entidad y ausencia de estados financieros.

La Ley n° 10-04, de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, de fecha 20 de enero de 2004, en su artículo 30.- Clases de Control Externo, Párrafo I, establece: «La auditoría financiera se realiza con el propósito de emitir observaciones, conclusiones, opiniones, disposiciones y recomendaciones sobre la legalidad y confiabilidad de la información
presentada en los estados financieros y presupuestarios de las entidades sujetas al control de la Cámara de Cuentas».

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