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Batalla Electoral 2024

Escatología judicial

El Tribunal Superior Electoral, tras seis audiencias, declaró nulas reuniones del PRD de 2017, su reforma estatutaria y las acciones basadas en estas. La controversial decisión está en 173 páginas que incluyen votos disidentes y razonados de los magistrados Cristian Perdomo Hernández y Ramón Arístides Madera Arias.

José Báez Guerrero

El Tribunal Superior Electoral, tras seis audiencias, declaró nulas reuniones del PRD de 2017, su reforma estatutaria y las acciones basadas en estas. La controversial decisión está en 173 páginas que incluyen votos disidentes y razonados de los magistrados Cristian Perdomo Hernández y Ramón Arístides Madera Arias.

Ambos indican, muy certeramente, que hay pruebas notariadas de que sí hubo quórum y por tanto no procede anular esas reuniones. Más aun, que la decisión debió sujetarse a los criterios del Tribunal Constitucional en su sentencia 0353/2018 que anuló la sentencia 002-2018 del propio TSE. “La demanda debió ser rechazada” pues “no se configuraron las irregularidades denunciadas por la parte demandante”.

Si tribunales inferiores al Constitucional, cuyos fallos precedentes y vinculantes no pueden revocarlos otras cortes, comienzan a contradecir sus decisiones, ¿qué será de la Justicia? Esta enorme grieta judicial sin embargo no molesta a la oposición, presta a denunciar irreales aprestos dictatoriales apelando a emociones mas que al Derecho. ¡Qué escatológica (segunda acepción) defensa tuitera de la quinta columna del PRM dentro del PRD!

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