x
Batalla Electoral 2024

Los infractores del toque de queda podrían ser detenidos

Durante la vigencia del toque de queda quedan suprimidos dos derechos fundamentales: de tránsito y de reunión, debido a que fueron los que el Congreso Nacional cedió al Poder Ejecutivo para la toma de decisiones durante el estado de emergencia.

Imagen sin descripción

SANTO DOMINGO.- Como forma de frenar el ritmo de contagio del COVID-19, el Gobierno dominicano dispuso toque de queda en todo el territorio nacional por un período de 15 días que será efectivo de 8 de la noche a 6 de la mañana, con esta medida queda prohibido el tránsito y circulación de personas.

Con causa distinta y veintiún años después, la República Dominicana vuelve a vivir un toque de queda, el último fue en 1998 tras el devastador el ciclón Georges.

Durante la vigencia del toque de queda quedan suprimidos dos derechos fundamentales: de tránsito y de reunión, debido a que fueron los que el Congreso Nacional cedió al Poder Ejecutivo para la toma de decisiones durante el estado de emergencia.

Mientras que según abogados consultados, el no acatar esta disposición, implica sanciones penales.

De acuerdo al decreto 135-20, quedan exentos de esta medida:

  • Las personas dedicadas a los servicios de salud
  • Personas con alguna emergencia médica
  • Personal de seguridad privada debidamente identificadas
  • Los miembros de la prensa debidamente acreditados
  • Personal de las empresas distribuidoras de electricidad para atender, exclusivamente, situaciones de emergencia

Sobre el procedimiento contra personas que violen la disposición, el vocero de la Policía, Frank Durán indicó que durante la prohibición, en la calle las autoridades verificarán las acreditaciones para establecer si la persona forma parte de las cinco excepciones y que en caso de no ser así, quedará inmediatamente detenido.

A través del ministro de la Presidencia, el Estado llamó una vez más a la ciudadanía a actuar con responsabilidad ante esta amenaza, cumpliendo todas las disposiciones establecidas y tomando de manera particular las medidas de higiene necesarias.

TOQUE DE QUEDA EXCEPCIONES

  • Las personas dedicadas a los servicios de salud
  • Personas con alguna emergencia médica
  • Personal de seguridad privada debidamente identificadas
  • Los miembros de la prensa debidamente acreditados
  • Personal de las empresas distribuidoras de electricidad para atender, exclusivamente, situaciones de emergencia
Comenta con facebook