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¿Obstaculiza o restringe el gobierno a la prensa? 

El mejor mentís a la SIP es que la nueva “justicia independiente” cumpla ejemplarmente su misión de tutelar los derechos constitucionales de las libertades de expresión y de prensa.

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Recientes agresiones contra la prensa motivaron que la Sociedad Interamericana de Prensa incluyera al país en una improbable mescolanza junto con Estados Unidos, Cuba, Venezuela, Bolivia y otros, instando a sus gobiernos a “desmantelar la cultura del secreto” y abstenerse de “obstaculizar y restringir el trabajo de la prensa”.

La SIP es un gremio hemisférico de periódicos con más de 1,200 afiliados y tirada conjunta impresa sobre 42 millones de ejemplares y creciente presencia digital. Por tanto, su recriminación al gobierno es digna de ponderación.

Lo causante del “boche” ocurrió hace dos semanas en el antiguo Canódromo, donde la Policía opera un depósito de automóviles y motocicletas incautadas por ilícitos, aunque también arbitrariamente en redadas y retenes.

Innumerables denuncias de abusos e irregularidades motivaron al Defensor del Pueblo, entidad autónoma creada el año 2001 para salvaguardar prerrogativas personales y colectivas de ciudadanos, plasmadas en la Constitución. Su titular, Pablo Ulloa, al ir al Canódromo, fue brutalmente agredido por policías de la Dirección General de Seguridad de Transporte y Tránsito Terrestre (DIGESETT), quienes también atacaron a reporteros, fotógrafos y camarógrafos; incautaron sus celulares y destruyeron equipos.

Ante el escándalo, la DIGESETT devolvió los celulares y cámaras, pero las grabaciones del incidente fueron borradas. La Policía inició una investigación y dijo que el incidente no resultó de directrices ni políticas oficiales. El Gobierno aseguró que los responsables serán juzgados. También removió a una coronel comandante del centro vehicular de la DIGESETT.

Eterna vigilancia

Es atribuida a Jefferson que “la eterna vigilancia es el precio de la libertad”, pero no figura en sus escritos, aunque la idea representa el ideal de la primera enmienda constitucional estadounidense, del 1791 en su “Bill of Rights” o Carta de Derechos, diez artículos añadidos.

Esa enmienda establece que el Congreso no legislará ninguna religión oficial ni prohibirá prácticas religiosas particulares; protege las libertades de expresión, prensa, reunión y la tutela efectiva de derechos, incluyendo compensación por daños.

Esos derechos son denominadas por su Suprema Corte como “la matriz, la condición indispensable, de casi todas las demás libertades”. Sin libertad de expresión las democracias no funcionan.

Nuestro caso

La Constitución dominicana de 1844 fue un calco de la de Estados Unidos del 1787. Posee idénticas garantías, como el Artículo 49 que dispone sobre la “libertad de expresión e información” que “toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio”, y la Ley 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento, de 1962, cuyo artículo primero reza: “Es libre la expresión del pensamiento, salvo que se atente contra la honra de las personas, el orden social o la paz pública”.

El Código Penal dominicano, en su capítulo II de crímenes y delitos contra la Constitución, dice en su Artículo 114: “Los funcionarios, agentes o delegados del Gobierno que hubieren ordenado o cometido un acto arbitrario o atentatorio a la libertad individual, a los derechos políticos de uno o muchos ciudadanos, o a la Constitución, serán condenados a la pena de la degradación cívica.

Si justificaren, sin embargo, que han obrado por orden de superiores a quienes debían obediencia jerárquica por asuntos de su competencia, quedarán exentos de la pena, la que en este caso se aplicará a los superiores que hubieren dado la orden”. Feo panorama para la coronel de la DIGESETT.

Sin embargo…

¿Puede la SIP asegurar sin que luzca un exceso, justificado por la cita atribuida a Jefferson, que este incidente u otras agresiones contra la prensa, responden a alguna política del Estado dominicano? ¿Es justo instar al gobierno a “desmantelar la cultura del secreto” y abstenerse de “obstaculizar y restringir el trabajo de la prensa”? ¿O compararlo con Cuba y Venezuela?

Tras más de cuatro décadas como reportero, editorialista, profesor, director, corresponsal o productor, creo que nunca hemos tenido tanta libertad de prensa y de expresión como hoy. Aparte de incidentes como el del Canódromo, ignoro cuáles restricciones refiere la SIP, aparte de partes oscuras de algún fideicomiso oficial, comoquiera desmenuzado por periodistas.

Más daño hacen: mucha innecesaria publicidad gubernamental (premio al darla y castigo al negarla); el denigrante “lawfare” (usar la prensa para “juzgar” mediáticamente o politizar procesos judiciales abusando de la publicidad oficial); o la comodidad de malos reporteros.

Puede argüirse que la SIP no miente pues los atropellos reportados manifiestan “actitudes latentes”. Pero interpretar una “actitud latente” como política de Estado es un exceso de celo. La recriminación de la SIP insta al Estado a desmantelar algo inexistente orgánicamente, aunque sí hay actitudes trogloditas cuya mejor cura es la garantía de consecuencias sin impunidad.

El mejor mentís a la SIP es que la nueva “justicia independiente” cumpla ejemplarmente su misión de tutelar los derechos constitucionales de las libertades de expresión y de prensa.

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